Se informa que todo el personal que haya finalizado su Licencia Anual Ordinaria deberá cumplir su horario en el turno correspondiente. Hasta el día 18 de febrero, cuando se producirá el reintegro de la totalidad del personal, en el turno de la tarde se ha de cumplir de 13:00 a 16:00 y en el de la noche de 19:00 a 21:00.
Licencia Anual Ordinaria según la antigüedad que se registrara al 31 de diciembre de 2012:
Personal Docente – Dto. 4597/83
20 días | de 8 meses a 5 años |
25 días | de 5 años y hasta 10 años |
30 días | mayor de 10 años y hasta 15 años |
35 días | mayor de 15 años y hasta 20 años |
45 días | mayor de 20 años |
Personal No Docente – Dto. 1919/89
15 días hábiles | hasta 5 años |
20 días hábiles | hasta 10 años |
25 días hábiles | hasta 15 años |
27 días hábiles | hasta 20 años |
30 días hábiles | mayor de 20 años |