Prof. Marcelo Luis Lai
2010 - 2012

Prof. Ana Angélica Guardatti
2006 - 2009

Prof. Nélida Beatriz Melero
2004 - 2006

Prof. Lydia Nancy Lavezze
1998 - 2004

Prof. Ana  María Laudari
1996 - 1998

Prof. María Cristina Cassarino
1991 - 1996

Prof. Noemí Barbé de Cavallini
1991

Prof. Mireya Bottone
1985-1991

Prof.  Pía Somoza de Seisas
1982- 1985

Prof. Nelly Diéguez de Fracchia
1980 - 1982

Prof. Pía Somoza de Seisas
1978 - 1980

Prof. Eduardo C. Fehrmann
1968  - 1978

Dr. José María Vernet
1962 - 1968

Prof. Ernesto A. Sánchez Queirolo
1958 - 1962

Sra. Clara Marguerite de Raimundo
1955 -1958

Prof. Ernesto A. Sánchez Queirolo
1955

Dr. Armando V. Brambilla
1934 - 1955
Historia

El cierre de los mercados externos provocado por la crisis de 1929 y luego la llegada de la Segunda Guerra Mundial, comienzan a producir junto con una creciente actividad industrial, un notable aumento de las empresas mercantiles en la ciudad de Rosario (aunque tendrá su auge en la década de 1940, es un fenómeno que ya a mediados de 1930 empieza a avizorarse). En este contexto y al notar que no existen en la ciudad escuelas comerciales oficiales, es que un grupo de visionarios, que comprende la necesidad de capacitar a los jóvenes en las técnicas mercantiles, organiza los cursos nocturnos de Auxiliares de Comercio.
Transcribimos a continuación el documento oficial que, fechado cinco días antes, crea formalmente el 25 de junio 1934 los Cursos de Auxiliares de Comercio, anexos al Colegio Nacional Nº2, que un año después se convertirían en la Escuela Nacional de Comercio de Rosario.
Rosario, 20 de junio de 1934

El Rector del Colegio Nacional Nº 2, en uso de la facultad conferida por el decreto del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública de la Nación, de fecha 1º junio de 1934, que le autoriza para organizar en el mencionado establecimiento cursos nocturnos de estudios comerciales aplicando el plan correspondiente a los cursos de “Auxiliares de Comercio”

RESUELVE:
Art. 1º.- Clausurar en el día de la fecha la inscripción de alumnos que fue iniciada el 11 de corriente, y fijar para el lunes 25 del mismo a las 20 horas la de comienzo de las clases;
Art. 2º.- Crear tres divisiones de Primer Año con un máximo de 35 alumnos;
Art. 3º.- Designar a los señores Contadores Manuel Fernández Romero y Alberto Arévalos y Profesor Félix García Vera, para integrar la Comisión Asesora;
Art. 4º.- Nombrar el siguiente personal directivo, docente y administrativo: Regente: Contador Público Don Armando V. Brambilla; Profesores: de Castellano: Seguismundo Ramirez, Gregorio Tisera López, Ernesto A. Sánchez Queirolo; Profesores de Caligrafía y Dibujo Lineal: Juan Traba, Fernando J. Dedieu y Juan B. Cautero; Profesores de Contabilidad: Armando V. Brambilla y Carlos P. Delaux; Profesores de Inglés: Roberto Oween Elder Y Guillermo Rode; Profesores de Historia: Oscar García Vera y Samuel Castro; Profesores de Matemáticas: Daniel González Barsi, Luis Ruiz Gomez y Crescencio de la Rúa; Profesor de Mecanografía: Valentín Vettori; Auxiliares: Héctor García Vera, José Manuel Suárez; Celadores: Bernabé Farías y Pedro García; Ordenanza: Dante Ortiz;
Art. 5º.- Elevar estos antecedentes al Señor Ministro de Justicia e Instrucción Pública a los efectos de su aprobación;
Art. 6º.- Hágase saber, cópiese y archívese.

RAMON BATALLAN
Rector
Los comienzos
Cambio de status
En diciembre de 1935 y merced al esfuerzo de diversos sectores de la comunidad, el gobierno nacional decreta, sobre la base de los cursos nocturnos de Auxiliares de Comercio, la fundación de la Escuela Nacional de Comercio de Rosario.
DEPARTAMENTO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA

Buenos Aires, 24 de diciembre de 1935
Visitos los reiterados pedidos de creación de una nueva Escuela Nacional de Comercio en la ciudad de Rosario y

CONSIDERANDO:
1º.- Que el número de los actuales establecimientos de enseñanza media que funcionan en la referida ciudad resulta insuficiente para satisfacer las exigencias del progresivo aumento de población de la misma y de las localidades vecinas;
2º.- Que, dada la reconocida importancia comercial e industrial de la zona, se justifica la preferencia por el tipo de escuela que permita a los jóvenes que desean orientarse hacia las actividades mercantiles, alcanzar la necesaria competencia técnica sin descuidar la obtención de una cultura general;
3º.- Que sólo existe, en la ciudad de Rosario, un establecimiento oficial de esa índole, en cambio, mayor el número de institutos de enseñanza secundaria y normal;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo por la Ley de Presupuesto para el año 1936,-

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Art. 1º.- Fúndase la Escuela Nacional de Comercio en la ciudad de Rosario sobre la base de los actuales cursos nocturnos de Auxiliares de Comercio que funcionan anexos al Colegio Nacional Nº 2 de la misma localidad.
Art. 2º.- Provisionalmente y mientras no sea posible disponer de los fondos necesarios para el funcionamiento de cursos diurnos de Peritos Mercantiles, la nueva escuela continuará utilizando, durante las horas de la noche, el local, instalaciones y material didáctico del Colegio Nacional Nº 2 y aplicando el plan de estudios para Peritos Mercantiles vigente en los cursos nocturnos de las Escuelas similares de la Capital Federal.
Art. 3º.- Durante el año 1936 funcionarán siete divisiones: 3 de 1º año, 2 de 2º y 3º de Auxiliares de Comercio, las que se irán completando sucesivamente en los años venideros hasta integrar el ciclo de seis años de estudios.
Art. 4º.- Para atender el funcionamiento de la nueva escuela fíjase el siguiente presupuesto:

ITEM PERSONAL
Al mes
1 Director $ 500,-
1 Vicedirector $ 400,-
1 Ayudante de Gabinete $ 100,-
Ciento cuatro horas de Ciencias y Letras a $ 40,- c/u. $4.160,-
Veinticuatro horas de Idiomas Extranjeros a $ 37,- c/u. $ 888,-
Veintisiete horas de Educación Física y Estética a $ 34,- c/u. $ 918,-

ITEM PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO PROFESIONAL
1 Auxiliar 6º $ 250,-
1 Ayudante 4º $ 120,-
7 Ayudantes 8º a $ 50,- c/u. $ 350,-

ITEM PERSONAL DE SERVICIO
1 Ayudante 2º $ 150,-
1 Ayudante 5º $ 100,-

GASTOS GENERALES
Para gastos generales $ 120,-
Art. 5º.- Por la División de Administración se procederá a transferir al Inciso de la Escuela Nacional de Comercio de Rosario, que se crea por el presente Decreto las partidas del Inciso 122 del Presupuesto, reforzándola hasta cubrir los sueldos y gastos fijados por el Art. 4º.
Art. 6º.- A partir del primero de enero de 1936, los profesores y empleados designados con imputación al Inciso 122 del Presupuesto para 1935, pasarán con las mismas tareas a la Escuela Nacional de Comercio de Rosario. El actual Regente pasará a ocupar el cargo de Auxiliar 6º.
Art. 7º.- El Rectorado del Colegio Nacional Nº 2 de Rosario, procederá a hacer entrega al Auxiliar 6º -Secretario de la Escuela Nacional de Comercio, de la documentación correspondiente al Curso Nocturno de Estudios Comerciales, anexo al referido Colegio, a fin de proceder a la inmediata organización del archivo de la nueva escuela.
Art. 8º.- Comuníquese, publíquese, anótese, dése al Registro Nacional y archívese.-

JUSTO MANUEL DE IRIONDO
Autoridades en la historia

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